NOTICIAS | El Supremo estima el recurso del PP sobre las subvenciones de la agencia Viajes Ceres

Los juzgados reabren la última trama del caso "Filesa" 30 años después

Los juzgados reabren la última trama del caso "Filesa" 30 años después

La acusación de los Populares aprecia delitos de estafa, apropiación indebida, malversación, delitos fiscales, falsedad documental y fraude.

Imagen: archivo.

 

 

La Sala II del Tribunal Supremo ha estimado el recurso presentado por el PP, como acusación popular, contra el auto de la Audiencia Provincial de Madrid de 18 de noviembre de 2019, el cual decretó el sobreseimiento libre, por prescripción de los delitos, en una causa que investigaba las subvenciones recibidas por la agencia Viajes Ceres, como adjudicataria de un concurso público para la realización de viajes de la tercera edad. Se trata del último fleco pendiente del caso 'Filesa', un entramado de financiación ilegal que tuvo lugar en los años 90, durante el último gobierno de Felipe González, con esta compañía de oferta turística para mayores como beneficiaria de unas ayudas de carácter irregular. 

 

 

 

 

La sentencia explica que, en aquel momento, acordando la prescripción de los delitos, todavía no se había determinado, claramente, el objeto del enjuiciamiento, “por lo que no es posible conocer la concreta imputación para determinar los términos que pueden dar lugar a la prescripción del hecho delictivo”.

 

 



El TS considera que la Audiencia de Madrid se precipitó al archivar el caso por haber prescrito los delitos. 

 

 

Así, la Audiencia de Madrid decidió el sobreseimiento definitivo de la causa, al estimar el recurso de uno de los investigados, después de que el juez de Instrucción dictase, el 20 de junio de 2018, el auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado. Así se daba carpetazo a una trama por las que supuestamente se habían defraudado a la Agencia Tributaria, entre 1989 y 1991, alrededor de 2.000 millones de pesetas de aquel entonces. La Sala explica que el juez de instrucción, cuando dispone la continuación de la causa, se limita a determinar la imputación fáctica de unos hechos y la incriminación, genérica, de unos tipos penales. La acusación de los Populares aprecia delitos de estafa, apropiación indebida, malversación, delitos fiscales, falsedad documental y fraude. 

 

 

 

 

Para materializar la progresión –añade la sentencia-- es preciso una mayor determinación del objeto del proceso que se realiza en los escritos de calificación de las partes acusadoras, y el posterior auto de apertura del juicio oral, donde se enmarca el objeto del proceso y se determina el órgano competente para el enjuiciamiento y la efectiva imputación de los hechos que van a ser enjuiciados. Será a partir de esa determinación del objeto procesal cuando pueda examinarse la procedencia de la prescripción, pues, como señala el recurrente, entre los delitos por los que se ha dispuesto la continuación del procedimiento, caben distintas alternativas delictivas que conforman distintas penas y distintas actuaciones del instituto de la prescripción”.

 

 

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