NOTICIAS | La mascarilla ya no es obligatoria en Madrid

La Comunidad deja sin efecto la obligatoriedad de su uso y recurrirá la orden del Ministerio

La Comunidad deja sin efecto la obligatoriedad de su uso y recurrirá la orden del Ministerio

El Portavoz del gobierno regional ha anunciado la medida tras el consejo de Gobierno.

Imagen: Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid recurrirá ante la Audiencia Nacional la Orden Comunicada de la ministra de Sanidad, Mónica García, a principios de año, y que estableció medidas por el incremento de infecciones respiratorias agudas, entre ellas la obligatoriedad del uso de mascarillas en recintos sanitarios asistenciales (hospitales y centros de Atención Primaria). La consejera de Sanidad, Fátima Matute, ha dado cuenta hoy al Consejo de Gobierno de la encomienda de este procedimiento legal a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid para interponer un recurso contencioso administrativo.

 

Esta acción del Gobierno regional coincide con la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), hoy, de la Orden de la Consejería de Sanidad con la que entra en vigor la rebaja a recomendable del uso de este elemento protector en los hospitales y centros de salud. La medida se adopta por la mejora en la región, y por segunda semana consecutiva, de los datos de incidencia de la gripe, COVID y otras enfermedades respiratorias.

 

El Ejecutivo autonómico recurre ante la Audiencia Nacional, fundamentalmente, por dos razones. La primera es que entiende que el Gobierno central tomó su iniciativa sin el necesario acuerdo de las Comunidades Autónomas, integrantes también del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS). Esto no ocurrió ni en las fases más duras de la pandemia del COVID-19 y es un requisito que exige la Ley estatal 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. Así, 48 horas después de la celebración del Pleno del CISNS, que tuvo lugar el pasado 8 de enero, la ministra de Sanidad emitió su Orden Comunicada.

 

Por otra parte, el Gobierno regional considera que la situación de urgente necesidad que alegó el Ministerio de Sanidad no existía: la propia Orden no hace referencia a una situación epidemiológica distinta en lo referente a infecciones respiratorias agudas a las de años anteriores, ni en mortalidad ni en ingresos hospitalarios.

 

Además, la Comunidad de Madrid considera que, si la situación hubiera sido de este alarmante calibre, la Orden se podría haber dictado el mismo día 4 de enero. La Administración autonómica sostiene que esa calificación sólo actúa para justificar una medida de tal magnitud sin contar con los consejeros de Sanidad de las respectivas comunidades autónomas.

 



Este recurso se suma a las diferencias existentes entre la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Sanidad

Este recurso se suma a las diferencias existentes entre la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Sanidad por el uso irregular de la declaración de actuaciones coordinadas desde este departamento gubernamental. De hecho, actualmente se encuentran pendientes de sentencia dos procedimientos judiciales planteados por el Gobierno de la Comunidad de Madrid ante la Audiencia Nacional contra dos Ordenes comunicadas del Ministerio de Sanidad durante la pandemia del COVID. Uno trata sobre la legalidad de la norma que en septiembre de 2020 aprobó la Declaración de Actuaciones Coordinadas en Salud Pública por el COVID-19. Suponía restricciones de movilidad en municipios de más de 100.000 habitantes de la región, entre ellos, la ciudad de Madrid.

 

Con el segundo recurso, la Comunidad de Madrid impugnaba la Orden Comunicada en marzo de 2021 y que supuso el cierre perimetral en la mayoría de las autonomías, entre ellas Madrid, durante el Puente de San José y Semana Santa.

 

94979

Comentarios
¿Quieres comentar esta noticia? Déjanos tu opinión rellenando este formulario

INFORMACION SOBRE LA PROTECCIÓN DE TUS DATOS


Responsable: S.E.I. EDETRONIK. S.A

Finalidad: Envío de información solicitada, gestión de suscripción a la web y moderación de los comentarios.

Datos tratados: Comentarios: Datos identificativos (en el caso que te registres en la web) y comentarios.

Legitimación: Consentimiento del interesado.

Destinatarios: Utilizamos MDirector como plataforma profesional de envío de mails. Nos permite ofrecerte un servicio libre de SPAM y con total confidencialidad. Ellos únicamente almacenarán tu correo para poder realizar el envío.

Derechos: Puedes acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos que detallamos en el siguiente link

Información adicional En este link dispones de información adicional y detallada sobre la protección de datos personales que aplicamos en nuestra web.

CERRAR