Félix Bolaños ha expuesto esta mañana los puntos principales que recoge la nueva Ley de Información Clasificada que quieren aprobar en el Congreso de los Diputados, y que llega para sustituir a la Ley de Secretos Oficiales del franquismo. El ministro de Presidencia, Justicia y Relación con las Cortes ha puesto en valor la propuesta asegurando que conseguirán alinear a España con los reclamos de la Comisión Europea en el Estado de Derecho.
El texto legal recoge que se podrá levantar el secreto de todos aquellos documentos oficiales de hace 45 años, prorrogables otros 15 años. Es decir, de todo lo recogido en la Transición y en el franquismo. No obstante, Bolaños ha contemplado algunas excepciones en la ley, asegurando que se desclasificará todo lo anterior al 1980, "excepto que persista alguna razón de seguridad nacional o defensa que todavía justifique su clasificación".
En este sentido, cabe destacar que la ley recoge cuatro categorías en función de la información que se obtenga, tal y como se puede leer en el texto que puede encontrar pulsando aquí. Estas serían la de "Alto secreto", "Secreto", "Confidencial" y "Restringido", las cuales también dependerán de otros factores:
- Alto secreto: será el Consejo de Ministros el único que pueda acceder a dicha información, y, "excepcionalmente", por Ley. Se aplicará a aquellos documentos que precisen "del más alto grado de protección, toda vez que su revelación no autorizada o utilización indebida pueda dar lugar a una amenaza o perjuicio extremadamente grave para los intereses de España".
- Secreto: también será determinado por el Consejo de Ministros. Se aplicará a aquella información que, similar a lo anterior, "precise de un alto grado de protección, toda vez que su revelación no autorizada o utilización indebida pueda dar lugar a una amenaza o perjuicio grave para los intereses de España".
- Confidencial: Una clasificación que se aplicará "a la información cuya revelación no autorizada o utilización indebida pueda causar una amenaza o perjuicio leve para los intereses de España".
- Restringido: el cual se aplicará a la información "cuya revelación no autorizada o utilización indebida pueda ser contraria a los intereses de España en cualquiera de los ámbitos relacionados en los apartados anteriores".
La competencia de estas dos últimas recae en varios organismos: desde el Presidente o a la Presidenta del Gobierno y a los titulares de las Vicepresidencias del Gobierno. Los titulares de los Ministerios, Secretarías de Estado y Subsecretarías en sus respectivos Departamentos. El Director o Directora del Centro Nacional de Inteligencia. El o la Jefe del Estado Mayor de la Defensa.El o la Jefe del Estado mayor del Ejército. El o la Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada.El o la Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio. Los Jefes de Misión Diplomática y de Oficinas Consulares.
También el Presidente o la Presidenta del Consejo de Seguridad Nuclear. Los Delegados y Delegadas y Subdelegados y Subdelegadas del Gobierno. El Director o la Directora del Departamento de Seguridad Nacional. El Director o la Directora General de la Policía. El Director o la Directora General de la Guardia Civil. El Secretario o la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias. Así como autoridades autonómicas que hayan asumido competencias en materia policial.
Otro de los cambios que recoge el texto es que la Autoridad Nacional para la Información Clasificada pasa de depender del Centro Nacional de Inteligencia, dentro del Ministerio de Defensa, a depender del Ministerio de Presidencia, dirigido por Bolaños.
Así mismo, la ley contempla un régimen sancionador que puede correr desde los 800.000 euros hasta los 2,5 millones de euros en función de si las infracciones son "graves" o "muy graves". Además, estas multas se pueden interponer tanto a funcionarios o cargos públicos como todas aquellas personas físicas o jurídicas que hayan tenido acceso a la información, aunque sea de "manera fortuita", y sin excluir a periodistas ni a medios de comunicación, sin dejar a un lado el derecho a la libertad de información.