El Ayuntamiento de Madrid ha acordado este jueves en Junta de Gobierno aprobar inicialmente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) para poder incluir las Torres de Colón en el Catálogo General de Edificios Protegidos, lo que permitirá señalar, además, el régimen de obras permitidas en el inmueble y dotar de seguridad jurídica a los futuros proyectos.
Esta medida se apoya en el valor que tiene la estructura ‘colgada’ o ‘suspendida’ del edificio, por lo que con esta catalogación se podrán proteger la cabeza, los tirantes y el fuste central de ambas torres, en el caso de que hubiese obras en ellas. Sin embargo, esta estructura ‘colgada’ que se protege no está ligada a la forma, volumen o materiales del edificio.
La modificación puntual también cambia el plano de ordenación y ajusta la alineación oficial de la parcela a la edificación existente.
El edificio, propiedad de Mutua Madrileña, está situado en la plaza de Colón, 2, en el distrito de Chamberí, y tiene una superficie aproximada de 1.560 m2. No ha sido catalogado ni como BIC (Bien de Interés Cultural) en la categoría de Monumento ni como BIP (Bien de Interés Patrimonial) por la Comunidad.
Como comentan desde el consistorio, el Consejo Regional de Patrimonio Histórico llegó a un acuerdo para instar al Ayuntamiento a que las Torres de Colón se incluyeran en el catálogo de bienes y espacios protegidos de Madrid con el grado de protección parcial, con una ficha específica en la que se señala que el elemento a proteger es la estructura interna del inmueble. La incorporación de un edificio al catálogo debe abordarse a través de una modificación del PGOUM, que es el paso que se da hoy. Este acuerdo se someterá ahora a información pública por el plazo de dos meses.