LEGANÉS | Leganés pone en marcha las subvenciones para Entidades y Asociaciones sin ánimo de Lucro

Cada entidad solicitante presentará una solicitud por cada proyecto

Cada entidad solicitante presentará una solicitud por cada proyecto

También es el papel del Ayuntamiento en cuanto a gestor de recursos públicos.

Imagen: Archivo.

Un año más el Ayuntamiento de Leganés, desde las distintas áreas, pone en marcha la convocatoria de Subvenciones dirigida a Entidades y Asociaciones Locales sin Ánimo de Lucro con el objetivo de seguir avanzando en el fortalecimiento del movimiento asociativo, aportando las condiciones más favorables para el desarrollo de su función en aquellas tareas y actividades que contribuyan al desarrollo en la tarea cotidiana de hace ciudad. Una ciudad más plural y democrática, fomentando acciones en torno a la tolerancia, la cooperación y la solidaridad.

 

Cada entidad solicitante presentará una solicitud por cada proyecto y solo podrá presentar un único proyecto por Área y Junta Municipal de Distrito (Cultura, Deportes, Discapacidad, Festejos, Infancia, Igualdad, Juventud, Junta Municipal de Distrito La Fortuna, Junta Municipal de Distrito San Nicasio, Participación Ciudadana, Salud, Servicios sociales, Sostenibilidad, Cooperación, Empleo, Medio Ambiente).

 

También es el papel del Ayuntamiento en cuanto a gestor de recursos públicos, velar por el buen uso de éstos, un uso que siempre debe ir destinado a la mejora de lo colectivo, y en todo caso como elemento indispensable en la mejora de las condiciones de vida y el entorno de Leganés. 

 

 Han intentado que las bases de la convocatoria sean claras, concisas y asequibles a todos, para ello:

  • Se incluyen los elementos de seguimiento, control e información.
  • Se unifican criterios generales con todas las áreas municipales, ofreciendo a las entidades de manera unificada las bases reguladoras de la convocatoria.
  • Dentro del texto de las bases de la convocatoria se indica el procedimiento a seguir para su tramitación, justificación.
  • La convocatoria se regirá por lo establecido en las disposiciones generales de aplicación (Ley General Presupuestaria) y Ley General de Subvenciones 38/2003, del 17 de noviembre. El procedimiento de concesión de subvenciones se realizara en régimen de concurrencia competitiva.

Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse telemáticamente con las administraciones públicas (Art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

 

Las asociaciones y entidades ciudadanas presentaran de forma telemática, a través de Internet, la solicitud y tramitación de subvenciones dirigidas al Ayuntamiento de  Leganés. 



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