ARANJUEZ | ¿Cómo te afecta la modificación de la Plusvalía Municipal?

Aranjuez ha aprobado inicialmente el cambio de la Ordenanza Fiscal

Aranjuez ha aprobado inicialmente el cambio de la Ordenanza Fiscal

La propuesta ha sido aprobada por PP, PSOE y Ciudadanos.

Imagen: Archivo

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria correspondiente al mes de marzo, ha aprobado de manera inicial la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal). La Propuesta ha sido presentada y defendida por la Concejala Delegada de Hacienda, Belén Barcala del Pozo, y ha contado con el voto favorable de Partido Popular, Psoe y Ciudadanos, las abstenciones de Acipa, Inpar y Unidas Podemos, y el voto en contra de Vox.

 

En el pasado pleno de abril de 2022 se aprobó una modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, popularmente conocido como ‘plusvalía municipal’, con el fin de adecuarla al nuevo marco legal existente tras la declaración de inconstitucionalidad de algunos artículos de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, que dejó un vacío normativo sobre la determinación de la base imponible.

 

En este sentido, la Delegada de Hacienda ha explicado que “con la modificación que se efectuó por mandato legal el año pasado, se dio al contribuyente dos opciones para calcular este impuesto permitiéndoles elegir la que les fuera más favorable: por un lado, la opción del método real, que permite tributar por la plusvalía real del suelo y por otro lado, existe el método objetivo, en el que se incorporan al cálculo de la base imponible del impuesto unos coeficientes anuales en función del número de años transcurridos desde la adquisición del inmueble”.

 

Estos coeficientes tienen un efecto corrector que, teniendo en cuenta la evolución de los precios, pretenden acomodarlo al principio de capacidad económica, ya que era esta circunstancia una de las principales censuras que la jurisprudencia hacía al régimen jurídico anterior y que determinó la expulsión de determinados artículos de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales del ordenamiento jurídico.



Teníamos dos opciones: o mantenerlo al 11 % o subirlo hasta el máximo legal del 30 %. En nuestra apuesta por reducir la carga fiscal para los ribereños, decidimos mantener el tipo impositivo al 11 %

 

Belén Barcala ha indicado que “la regulación actual de nuestra Ordenanza Fiscal reproduce los coeficientes máximos que se publicaron el año pasado, por lo que al haberse modificado los coeficientes a aplicar en el ejercicio 2023 a través la Ley de Presupuestos Generales del Estado, nos vemos obligados a tramitar una modificación de la Ordenanza fiscal, para ajustarla a la actualización legal efectuada”.

 

La Delegada de Hacienda ha destacado que “la importancia principal de esta modificación reside en que los coeficientes están fijados conforme a la evolución del mercado inmobiliario y permiten tener adaptada la base imponible a las circunstancias del momento, ya que de lo contrario la base imponible estaría referenciadas a circunstancias que no se corresponden con la realidad y perdería conexión con el principio de capacidad económica, agravándose año tras año”.

 

El equipo de Gobierno, asegura Belén Barcala, "ha actuado sobre lo único que tenía margen de decisión, que era sobre el tipo impositivo, y en ese caso teníamos dos opciones: o mantenerlo al 11 % o subirlo hasta el máximo legal del 30 %. En nuestra apuesta por reducir la carga fiscal para los ribereños, decidimos mantener el tipo impositivo al 11 %, aun a sabiendas que la previsión era que con ello, perderíamos cerca de un 50 % de ingresos, lo que se traducía en más de 800.000 € anuales”, ha significado.

 

Belén Barcala también ha resaltado que "las previsiones se hicieron realidad. Al cierre de 2022 hemos tenido unos ingresos brutos de plusvalía de alrededor de 805.000,00 euros frente a los 2.068.620,33 € del año 2019, 1.443.026,94 € de 2020, y 1.718.251,39 € de 2021”, ha informado la Delegada. “Por tanto, se ha producido una importante disminución de la presión fiscal para el contribuyente, ya que con este cambio normativo en la mayoría de los tramos el contribuyente paga una cuota inferior a la que hubieran pagado con anterioridad a la sentencia del Tribunal Constitucional”, ha destacado Belén Barcala.

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