¿Fue el fiscal general del Estado o “alguien de su entorno”? La sentencia del Tribunal Supremo que condena a Álvaro García Ortiz por filtrar un correo con datos sensibles de Alberto González Amador alude a un “fallo probatorio, sólido y concluyente” por el que se sostiene como hecho probado que “fue el acusado o una persona de su entorno” quien filtró el correo del abogado de la pareja de Isabel Díaz Ayuso que fue publicado en la Cadena Ser.
Las reacciones a la sentencia no se han hecho esperar y resuenan en Alcalá de Henares. La concejala socialista Blanca Ibarra tilda de “acojonante” el contenido de esta sentencia y asegura que se “condena al fiscal general diciendo que el delito ha podido cometerlo él u otra persona indeterminada que no saben quien es”. “Y como lo no sé, pues te ha tocado”, insiste Ibarra.
“El propio Tribunal Supremo reconoce que no hay prueba directa de que él filtrara nada”, explica la concejala del PSOE en Alcalá de Henares, asegurando que a Álvaro García Ortiz le han “encalomado” el hecho de haber realizado “la filtración original” porque “no hay pruebas de quién la hizo” realmente. “La propia sentencia reconoce que esa filtración la pudo hacer el fiscal general u otra persona indefinida que no saben quién es”, señala Ibarra, aunque, en este punto el texto reza que “no existe una explicación alternativa razonable que permita cuestionar que la filtración se desarrolló en la Fiscalía General del Estado y que el propio fiscal tuvo una participación directa”.
La sentencia apunta a la “convergencia de los indicios acreditados”, señalando “el acceso singular a la documentación, la secuencia temporal de comunicaciones, la urgencia mostrada en la obtención de los correos, la llamada del periodista, el posterior borrado de los registros, los recelos expresados por sus subordinadas sobre la filtración, junto al hecho de que ninguna otra persona distinta al Letrado del Sr. González Amador, el Fiscal Sr. Salto Torres, la Fiscal provincial y el propio Fiscal General del Estado y su entorno pudieron participar en la filtración”.
Apoyándose en este cuadro, sostiene que de no ser el fiscal general del Estado, la filtración del correo para su publicación tuvo que proceder de “una persona de su entorno inmediato y con su conocimiento”. “En conclusión, el correo filtrado tuvo que salir de la Fiscalía General del Estado”, señala la sentencia del Supremo.
“Tenemos una condena sin pruebas directas”, afirma la concejala socialista de Alcalá, que ha publicado un vídeo en sus redes sociales para reaccionar a una sentencia de la que ya cree haber dicho “suficiente”. “Juzgad vosotros mismos”, dice Ibarra a sus seguidores para terminar el vídeo en el que repasa la sentencia que condena al fiscal general del Estado.