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La presencia de público en recintos deportivos ya es una realidad
La Comunidad de Madrid permite aficionados en competiciones no profesionales con un aforo limitado
Madrid |

En el Boletín Oficial que publicó ayer la Comunidad de Madrid, aparte de anunciar las nuevas restricciones que entran en vigor para tratar de frenar el avance de los contagios por coronavirus en la región, se añadió una modificación referente a la asistencia de público en las competiciones deportivas no profesionales.

La orden aclara que se permite, en competiciones deportivas no profesionales, la asistencia de público, siempre que los asistentes estén sentados con mascarilla, respetando una distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros, y con un aforo máximo de 300 personas en lugares cerrados y de 600 si la competición se disputa en un recinto al aire libre.

La medida no será aplicable para las competiciones profesionales, cuya competencia la sigue teniendo el Consejo Superior de Deportes

La asistencia de público en LaLiga Santander, LaLiga SmartBank y la ACB depende del acuerdo que se tome en el CSD. Para las competiciones no profesionales, son las comunidades autónomas las que deciden en sus respectivos territorios, cosa que ha hecho la Comunidad de Madrid.

La medida entró en vigor el pasado lunes, por lo que el público podrá volver, aunque de forma limitada y reducida a los recintos y estadios deportivos. La Consejería de Sanidad también especifica que las medidas previstas en la orden que publicó serán evaluadas en el plazo de quince días naturales para su modificación o mantenimiento con arreglo a la evolución epidemiológica.