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CCOO: “La libertad de elección de centro escolar en Madrid es falsa porque se basa en un sistema perverso”
CCOO se opone al borrador que modifica el Decreto de libertad de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid y exige abordar un cambio radical del modelo y sistema de admisión del alumnado
Regional |

La libre elección de centro escolar en Madrid es falsa porque se basa en un sistema perverso”, ha criticado hoy la secretaria general de la Federación de Enseñanza de CCOO Madrid, Isabel Galvín, en la rueda de prensa convocada hoy para informar que tanto las consejeras representantes de CCOO del profesorado como de las centrales sindicales en la Comisión Permanente del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid se oponen al borrador del proyecto que modifica el Decreto 29/2013, de 11 de abril, de libertad de elección de centro escolar.

El escrito en el que se concretan las razones de dicha oposición -firmado por Isabel Galvín y M.ª Eugenia Alcántara- se presentó el pasado 23 de septiembre. Galvín ha explicado que la modificación del Decreto se limita a cumplir con la obligación legal de incorporar las modificaciones que sobre la LOE ha operado la LOMLOE, y exige abordar un cambio radical del modelo y sistema de admisión del alumnado.

No hay libertad sin plazas

La misma Dirección de Área Territorial (DAT) de Madrid Capital reconoce que la libertad de elecciónes un derecho de trascendencia constitucional” pero que “no es un derecho absoluto”, y que su cumplimiento “dependerá de que existan o no plazas vacantes en el centro elegido”. Lo que significa que solo habrá libertad de elección cuando haya plazas. “Y dado que el Gobierno regional recorta plazas, la conclusión es sencilla: no hay libertad”, afirma Galvín.

La prueba es que sólo en Madrid capital se han quedado sin atender 179 solicitudes para primero de ESO en el IES San Isidro; 155 para el mismo curso en el Tirso de Molina; 123 en el IES Las Musas e igual cifra en el Príncipe Felipe; 122 en el instituto Madrid Sur; 110 en el Blas de Otero;108 en el IES Gran Capitán; 105 en el Cervantes; 97 en el Alfredo Krauss, y en primero de Bachillerato, 342 en el IES Ramiro de Maeztu, entre otros. “El caso del Bachillerato es sangrante, puesto que al tratarse de una enseñanza no obligatoria no se garantiza una plaza pública y se aboca al alumnado a los centros privados, con la evidente quiebra de la equidad y la igualdad de oportunidades”, ha denunciado la responsable sindical de Enseñanza.

Calidad y equidad educativa

La posición de CCOO respecto a la escolarización y admisión del alumnado es diametralmente opuesta a los postulados neoliberales impulsados por Esperanza Aguirre, según los cuales los centros son lo que compiten por el alumnado, como si de unos grandes almacenes se trataran. En su lugar, considera que este sistema de oferta y demanda es aberración conceptual y como principio, además de un absurdo dado quién proporciona los medios a los centros públicos, que es el Gobierno a través de la Administración.

CCOO defiende que debe existir un centro público razonablemente cerca de cada alumna o alumno, provisto de unos medios que garanticen la calidad y equidad educativa, con bajas ratios y demás medios para ello, y con la libertad (de enseñanza, de cátedra, de elección de opciones formativas) necesaria para la diversidad del sistema educativo, no eligiendo centro (y renunciando al resto del espectro de la diversidad, por tanto). El sindicato recuerda que el sujeto del Derecho Fundamental a la Educación no es otro que el alumno y la alumna. La meta debe ser que adquieran una formación integral en conocimientos, en el pleno desarrollo de su personalidad y de sus propias convicciones en el orden de todo tipo de creencias y opiniones, sin otro ideario que no sea el del respeto a los valores constitucionales consensuados por las sociedades democráticas después de derrocar y enterrar los fascismos, libre de todo adoctrinamiento.

La invisibilización verbal de las mujeres en el ámbito educativo es aún más grave

Dudosa legalidad

Por otra parte, al sindicato le resulta de dudosa legalidad el hecho de que el concebido no nacido se contabilice a los efectos de aplicación del criterio de admisión de sus futuribles hermanos o hermanas. “A tenor de lo que dice el Código Civil”, arguye Isabel Galvín, “consideramos que el nasciturus puede ser, de manera cautelar, titular de derechos para el caso de que nazca, pero para él o ella misma, no para terceras personas como serían, en este caso, las hermanas o hermanos”.

Invisibiliza a las mujeres

Otra crítica se refiere a que el texto de la norma se ha redactado con un lenguaje que no es respetuoso con la igualdad entre mujeres y hombres. “Esta cuestión no es en absoluto baladí ni podemos obviarla ya que está de sobra demostrado que el lenguaje condiciona el conocimiento y la construcción de la realidad”, indica Isabel Galvín. “La no visibilización verbal de las mujeres marca y determina la consideración que de ellas se da en el mundo, y que esta invisibilización se produzca desde el propio ámbito educativo resulta todavía más grave”.

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