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Los animales, ni en tiendas ni en circos: las claves de la primera Ley de protección animal
El Ministerio de Derechos Sociales ha presentado el primer anteproyecto de ley para proteger a los animales
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En la última reunión del Consejo de Ministros celebrado este martes, se ha presentado el borrador de la primera Ley de Derechos y Protección Animal que se podría aprobar en España. Un anteproyecto elaborado por la Dirección General de los Derechos de los Animales, que se centra en la protección de los animales de compañía y deja de lado la polémica de los toros.

Para entender mejor qué va a suponer esta ley si consigue aprobarse en el Congreso de los Diputados el próximo mes de noviembre, desgranamos los puntos claves de esta nueva legislación.

Sacrificio cero

Al igual que nos ocurre a los españoles humanos, los animales también son tratados diferentes según la comunidad autónoma en la que sean abandonados, por ejemplo, en Madrid o en Cataluña nunca se les sacrificaría si están en la perrera, pero en Andalucía sí. Esta ley pretende acabar con esto imponiendo el sacrifico cero en todo el territorio nacional.

Adiós a los circos con animales

Aunque ya hay comunidades que han prohibido al completo el uso de animales en circos o ferias ambulantes, la Ley de Protección animal solo se centra en la fauna salvaje, a la que inhabilita para que pueda ser utilizada en espectáculos. En esta norma "poco ambiciosa", según algunas asociaciones animalistas, se excluye, por ejemplo, a los leones pero no a los perros.

Registro de personas inhabilitadas para tener mascotas

En un intento por acabar con el maltrato animal, la nueva ley también planteará la creación de un registro de personas a las que se les haya inhabilitado tener mascotas tanto de forma penal como administrativamente. Este listado ya existe en las comunidades autónomas, pero la nueva ley pretende unificar todas estas listas en una sola. Así, si un veterinario, por ejemplo, ha sido inhabilitado para ejercer su profesión por maltrato animal en Madrid, tampoco podrá hacerlo en la Comunidad Valenciana.

Además se prohíbe el dejar animales solos en terrazas, trasteros, sótanos o vehículos sin supervisión durante tres días consecutivos. En el caso de los perros, el plazo se acorta a las 24 horas.

El listado de Perros Potencialmente Peligrosos (PPP) desaparecerá, eso sí, los animales deberán pasar una prueba de validación para saber si es de manejo especial o no.

Cría profesional y prohibida la venta en tiendas

Todos los animales que no sean peces desaparecerán de las tiendas de animales y solo se podrán adquirir a través de criadores profesionales. Además, se obligará a que si dos animales del mismo tipo y diferente sexo conviven juntos, han de estar esterilizados. Con esto se pretende acabar con el tráfico de animales desde los países del Este que venden a las tiendas españolas, así como los criadores no registrados de los cuales no se sabe en qué condiciones tienen a los animales.

En las ciudades se potenciará la creación de colonias felinas que se cuidarán mediante el método CER (captura, esterilización y retorno).

Fin al listado de "perros potencialmente peligrosos"

El listado de Perros Potencialmente Peligrosos (PPP) que incluye siete razas de canes, desaparecerá, eso sí, los animales deberán pasar una prueba de validación para saber si es de manejo especial o no. Con esto se pretende que prevalezca la conducta del animal y no su raza a la hora de adoptar medidas especiales, como por ejemplo, pasearlo obligatoriamente con bozal.

Evacuación de los animales en caso de catástrofe

Situaciones como el volcán de La Palma o el incendio de Ávila han puesto de manifiesto la necesidad de crear un plan específico de evacuación de los animales. Por ello, esta nueva ley pretende dar una serie de pautas para que todas las Comunidades Autónomas puedan crear su propio plan de evacuación y salvamento.

Aunque Sergio García Torres, Director de la Dirección General de Derechos de los animales, ha dejado claro que "se trata de una ley de mínimos obligatorios", a partir de la cual "los gobiernos regionales podrán especificar más”, es llamativo que se hayan dejado fuera de la misma a los toros, a los que no se les menciona en ninguno de los apartados, ya sea como animal de compañía o de granja.