MENÚ

Condena a una financiera por aplicar intereses abusivos en tarjetas revolving
La Audiencia Provincial de Madrid obliga a Cetelem a devolver 33.000 euros
Regional |

Tras la demanda de FACUA Madrid, la Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 53 de la capital que condena a Cetelem a abonar 32.761 euros a una usuaria por aplicarle durante 19 años unos intereses usureros del 25% TAE en una tarjeta revolving, casi el quíntuple del interés medio del dinero ese año.

En la sentencia, la jueza consideró que son "usurarios los intereses pactados" y de un "interés remuneratorio notablemente superior al normal". Pese a que la entidad recurrió el dictamen de primera instancia, la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso y confirmado la condena. Cetelem también ha sido condenada al pago de las costas.

María Dolores D.L., residente en Madrid, contrató en octubre de 2002 una tarjeta de crédito de tipo revolving con la entidad Euro Crédito EFC con un interes del 24,6% TAE. Posteriormente, el crédito fue adquirido por Banco Cetelem. Hasta enero de 2015, la usuaria dispuso de un total de 15.632 euros que fue devolviendo mediante cuotas mensuales que, debido a la propia naturaleza de los créditos revolving, fueron haciéndose cada vez mayores.

En julio de 2005, ante la imposibilidad de hacer frente a los pagos, la entidad le propuso suscribir una segunda línea de crédito, con una TAE que elevó al 25,56%, para conseguir abonar los primeros. Por ese segundo crédito, la usuaria dispuso de otros 10.691 euros hasta 2015. En total, por ambos contratos había dispuesto de unos 26.000 euros y abonado a Cetelem más de 49.000 -33.086,76 del primero y 16.370,22 del segundo- como consecuencia de las cuotas para la devolución de los cŕeditos y sus correspondientes intereses.

Debido a la situación de brutal sobreendeudamiento, María Dolores empezó a tener serios problemas para realizar los abonos mensuales de los dos créditos. Algo que se agravó en el momento en que Cetelem empezó a realizar llamadas intimidatorias tanto a la usuaria como a su entorno cercano -familiares, amigos, compañeros de trabajo...- para conseguir que pagara las cuotas.

La usuaria se puso en contacto con Cetelem en 2015 para buscar una solución e incluso llegó a plantear la contratación de un tercer crédito que le permitiera hacer frente al pago de los otros dos. La entidad, sin embargo, le ofreció la refinanciación de los dos créditos y convertirlos en un único nuevo contrato de préstamo, que ella aceptó.

Debido a la situación de brutal sobreendeudamiento, María Dolores empezó a tener serios problemas para realizar los abonos mensuales de los dos créditos. Algo que se agravó en el momento en que Cetelem empezó a realizar llamadas intimidatorias tanto a la usuaria como a su entorno cercano -familiares, amigos, compañeros de trabajo...- para conseguir que pagara las cuotas.

La afectada continuó abonando las cuotas de la refinanciación durante dos años más, hasta octubre de 2017, por un total de otros 9.700 euros. Sin embargo, debido una vez más a su incapacidad de hacer frente a la deuda de 16.000 euros que la financiera sostenía que aún mantenía -y que debería haber quedado pagada con creces con las cantidades que ya había abonado desde 2002-, la usuaria decidió acudir a FACUA Madrid para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos.

Tras analizar los contratos de crédito de la afectada, el equipo jurídico de la asociación se dirigió a Cetelem para instarle a la anulación de la cláusula que establecía el tipo de interés, ya que unas TAE del 24,6% y del 25,56% eran a todas luces usureras, y la devolución de lo que le había cobrado de más en aplicación de dichos intereses.

Condena en primera instancia

Cetelem se negó a atender la reclamación de FACUA Madrid, limitándose a ofrecer un "nuevo contrato con nuevas condiciones". La asociación acudió entonces a tribunales para lograr que condenaran a Cetelem a anular los intereses abusivos y devolver a María Dolores todo lo que había pagado de más de forma indebida.

En su sentencia, la titular del Juzgado de Primera Instancia número 53 de Madrid declaró "la nulidad parcial de los préstamos suscritos entre las partes y condenar a la demandada a restituir (…) la suma abonada por ella que exceda de las cantidades" ya que la usuaria ha abonado a Cetelem "una cantidad muy superior a la que recibió lo que conlleva que la demandada deba restituir lo pagado en exceso por ella".

Sentencia firme

Cetelem, sin embargo, decidió recurrir el auto del Juzgado de Primera Instancia ante la Audiencia Provincial de Madrid, que finalmente ha decidido desestimar el recurso de la financiera puesto que eran "usurarios los intereses pactados" y que la entidad no había "comprobado adecuadamente la capacidad de pago de la demandada".

Tras declararse firme la sentencia de la Audiencia Provincial en julio de 2021, Cetelem ha devuelto a la usuaria la cantidad que FACUA Madrid calculó que había pagado de más de forma indebida durante los 19 años de contratos con la financiera: 32.761 euros. La entidad también ha sido condenada en costas.

RELACIONADAS