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MADRID | Batacazo final a las ZBE de Madrid

El Supremo inadmite el recurso del Ayuntamiento que presentó para intentar salvar su Ordenanza de Movilidad Sostenible

El Supremo inadmite el recurso del Ayuntamiento que presentó para intentar salvar su Ordenanza de Movilidad Sostenible

La justicia entiende que se impusieron restricciones severas a la circulación sin analizar si el coste.

Imagen: Ayuntamiento de Madrid

El largo periplo judicial por el que ha atravesado la política de movilidad de la capital de España ha llegado a su punto de destino final. El Tribunal Supremo ha dictado un auto de inadmisión sobre el recurso de casación que el Ayuntamiento de Madrid presentó para intentar salvar su Ordenanza de Movilidad Sostenible de 2021. Con esta decisión, la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid adquiere firmeza absoluta, lo que supone la anulación legal de los pilares que sostenían las actuales Zonas de Bajas Emisiones bajo aquel marco normativo original.

 

El eje central del conflicto no ha sido la intención ecológica de la norma, sino un defecto de forma en su planificación. Los magistrados han ratificado que el consistorio madrileño incurrió en una falta de previsión social y económica de gravedad al no adjuntar informes que evaluaran cómo estas prohibiciones afectaban a la población más vulnerable. La justicia entiende que se impusieron restricciones severas a la circulación sin analizar si el coste de renovar un vehículo era asumible para las familias con rentas bajas o para los pequeños autónomos que operan en la ciudad, convirtiendo una medida ambiental en una barrera económica insalvable.

 

Esta resolución llega en un momento de transición para la ciudad, ya que el equipo de Gobierno municipal, consciente de la fragilidad jurídica de la anterior norma, aprobó el pasado mes de marzo de 2026 una nueva ordenanza. Este nuevo texto legal fue diseñado específicamente para blindar las restricciones mediante la inclusión de los informes de impacto económico que el Supremo ha echado en falta. Por tanto, aunque la ordenanza de 2021 sea ahora oficialmente nula, la movilidad en Madrid no regresará al escenario anterior a las restricciones, pues la nueva normativa de 2026 ya está plenamente operativa y sustituye a la anulada.

 

Sin embargo, el cierre de esta vía judicial abre un complejo escenario administrativo respecto a las sanciones impuestas durante estos años. El Ayuntamiento ha mantenido hasta ahora una postura rígida, asegurando que no se devolverán los importes de las multas que ya sean firmes o hayan sido pagadas, amparándose en que la sentencia no debería tener efectos retroactivos sobre actos ya liquidados. Aun así, la firmeza de la nulidad ofrece una base legal sin precedentes para aquellos conductores que todavía tengan expedientes sancionadores abiertos o en fase de recurso, quienes previsiblemente verán cómo sus multas quedan sin efecto al haber sido emitidas bajo una norma que la justicia ha borrado del ordenamiento.

 

El eco político de esta decisión judicial no se ha hecho esperar, situando de nuevo el debate en el equilibrio entre la salud pública y el derecho a la movilidad. Mientras que los colectivos de defensa del conductor celebran la firmeza del fallo como una victoria frente a la arbitrariedad administrativa, el área de movilidad del Ayuntamiento centra ahora sus esfuerzos en garantizar que la nueva regulación de 2026 no repita los errores del pasado, asegurando que la calidad del aire de la capital siga mejorando sin desatender la realidad económica de sus habitantes.



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