El Tribunal Constitucional ha vuelto a respaldar la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, en esta ocasión, desestimando el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de la Comunidad de Madrid (presidido por Isabel Díaz Ayuso) contra varios de sus preceptos clave. Se trata de la cuarta sentencia del TC sobre esta norma estatal controvertida, tras las ya dictadas en 2024 y 2025 (SSTC 79/2024, 26/2025 y 190/2025).
La sentencia, cuya ponencia ha correspondido al magistrado Ramón Sáez Valcárcel, fue aprobada por el Pleno del TC el 24 de febrero de 2026 y confirma la constitucionalidad del artículo más simbólico y discutido: el art. 8.a), que establece que “todos los ciudadanos tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada”, ya sea en propiedad, arrendamiento, cesión de uso u otro régimen de tenencia.
El Gobierno madrileño argumentaba una invasión competencial, al considerar que la norma estatal invadía las competencias exclusivas de la Comunidad de Madrid en vivienda y urbanismo (art. 26.1.4 de su Estatuto de Autonomía) y las de los municipios en urbanismo. El Tribunal rechaza estos argumentos y fundamenta su decisión en dos ejes principales, la configuración de derecho a la vivienda como derecho subjetivo y garantía de igualdad, y la extensión a "todos los ciudadanos".
En cuanto al primer punto, el TC entiende que el Estado puede determinar la naturaleza jurídico-técnica y la titularidad del derecho a la vivienda amparado en el art. 149.1.1ª CE (condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de derechos y deberes constitucionales). Esta competencia permite al legislador estatal fijar el contenido esencial del derecho reconocido en el art. 47 CE y extenderlo de forma uniforme.
El recurso cuestionaba que la ley hable de “todos los ciudadanos” (en lugar de “todos los españoles”, como dice el art. 47 CE), lo que podría incluir a extranjeros. El TC avala esta extensión invocando el art. 149.1.2ª CE (nacionalidad, inmigración, extranjería y derecho de asilo), en conexión con el art. 13 CE y su doctrina consolidada (especialmente STC 87/2017). Considera que fijar el “estatuto jurídico del ciudadano extranjero” incluye determinar qué derechos constitucionales se extienden a extranjeros residentes en España, garantizando condiciones de igualdad con los españoles en derechos fundamentales.
Con esta cuarta sentencia favorable al Estado, el Tribunal Constitucional consolida la mayor parte del articulado de la Ley de Vivienda de 2023 frente a los recursos competenciales presentados por gobiernos autonómicos del PP (Madrid y Baleares, entre otros).