COLMENAR VIEJO | Ampliación horaria en las Fiestas

Los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas pueden solicitar ampliación horaria para los días de Fiestas Patronales

Los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas pueden solicitar ampliación horaria para los días de Fiestas Patronales

Preciosa instantánea de las Fiestas de Colmenar.

Imagen: Ayuntamiento Colmenar Viejo

El Ayuntamiento de Colmenar Viejo ha emitido un bando relativo a la ampliación horaria de los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público, durante las Fiestas Patronales en Honor a Ntra. Sra. de los Remedios 2022:

 

Éste es el bando firmado por el Alcalde Jorge García Díaz:

 

 BANDO

 

DON JORGE GARCÍA DÍAZ, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO (MADRID) HAGO SABER: 

Con motivo de las Fiestas Patronales a celebrar desde el día 26 hasta el día 30 de agosto de 2022, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 4 apartado 5 de la Orden 21 de abril de 2022 del Consejero de Presidencia Justicia e Interior, por la que se establece el régimen relativo al HORARIO de los locales de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público, encuadrados en la ley 17/97 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas , todos aquellos establecimientos que dispongan de la preceptiva licencia de funcionamiento, podrán ampliar su horario de cierre en DOS horas, para todos los locales que lo soliciten con anterioridad al 12 de agosto de 2022.

 

 

 

 



Como en la mayoría de municipios, los Ayuntamientos buscan tener todo listo de cara a unas Fiestas Patronales muy esperadas tras los dos años de Pandemia

 

 

Además , también se ha publicado el BANDO de cara al horario en las Fiestas Navideñas para los días 25 y 31 de diciembre, y 6 de enero de 2023. Dice así:

 

BANDO

DON JORGE GARCÍA DÍAZ, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO (MADRID) HAGO SABER: 

Con motivo de las fiestas Navideñas a celebrar los días 25 y 31 de diciembre de 2022 y el 6 de enero de 2023 , en aplicación de lo dispuesto en el artículo 4 apartado 5 de la Orden 21 de abril de 2022 del Consejero de Presidencia Justicia e Interior, por la que se establece el régimen relativo al HORARIO de los locales de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público, encuadrados en la ley 17/97 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas , todos aquellos establecimientos que dispongan de la preceptiva licencia de funcionamiento, podrán ampliar su horario de cierre en DOS horas, para todos los locales que lo soliciten con anterioridad al 9 de diciembre de 2022

 

 

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