BOADILLA DEL MONTE | La Audiencia condena al exalcalde de Boadilla a 36 años de prisión por la Gürtel

El Partido Popular recibe la tercera condena a título lucrativo y tendrá que pagar más de 200.000 euros

El Partido Popular recibe la tercera condena a título lucrativo y tendrá que pagar más de 200.000 euros

Arturo González Panero, exalcalde de Boadilla por el PP.

Las sentencias judiciales siguen cayendo como una losa sobre el PP y este viernes la Audiencia Nacional ha condenado por tercera vez a los populares por su relación en la trama Gürtel. En esta ocasión por los hechos acaecidos en Boadilla del Monte cuando estaba gobernada por el exalcalde Arturo González Panero. El modus operandi ya es conocido, conceder adjudicaciones millonarias a cambio de mordidas que acabaron siendo utilizadas para costear actos electorales del partido. Y todo bajo el conocimiento de la cúpula del partido a nivel regional y nacional

 

La trama Gürtel en su vertiente de Boadilla del Monte ya tiene condena en firme por la Audiencia Nacional. Y el Partido Popular suma una nueva condena, la tercera, como partícipe a título lucrativo.

 

En dicha sentencia se condena a diecisiete acusados entre los que se encuentran los ya conocidos Francisco Correa, Pablo Crespo, José Luis Izquierdo, Jose Luis Ulibarri, Isabel Jordán, etc. que, en algunos casos, ya cumplen condenas por otras ramificaciones de la misma trama.

 

A todos ellos, la Audiencia se les imponen las penas solicitadas por el Ministerio Público, aunque se les aplica la atenuante de confesión en juicio y por su actitud para reparar el daño causado. Algunos de ellos, incluso, han alcanzado acuerdos con los perjudicados y han consignado cantidades en pago de la responsabilidad civil.

 

 



Arturo González Panero ha sido condenado a penas de prisión que suman 36 años, nueve años de inhabilitación por cada delito y multas que superan los seis millones y medio de euros.

 

Al que fuese alcalde de Boadilla del Monte, Arturo González Panero, cuando se produjeron los hechos se le condena por un total de dieciocho delitos entre los de asociación ilícita, delito continuado de cohecho pasivo, de prevaricación continuada, fraude a las administraciones públicas, delito continuado de malversación, delito de tráfico de influencias, etc. Las penas en su conjunto alcanzan los treinta y seis años de prisión, nueve años de inhabilitación por cada delito y multas que superan los seis millones y medio de euros. 

 

Al Partido Popular, la Audiencia Nacional le condena como responsable a título lucrativo en la cantidad de 204.198,64 que el Grupo Correa gastó en beneficio del mismo con los fondos ilícitos obtenidos con la actividad delictiva durante las precampañas y campañas municipales de los años 2003 y 2007.

 

La sentencia parte de la dinámica descrita en la Sentencia 20/2018 de 17 de mayo dictada en la pieza Gürtel-Época I confirmada en su mayor parte por la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de octubre de 2020. Esta misma sentencia es la que provocó la moción de censura sobre el Gobierno de Mariano Rajoy que llevó a Pedro Sánchez a la presidencia del Gobierno. 

 

Según estima la sentencia, el lucro se obtenida mediante la adjudicación de obras y contrataciones directas a las empresas del Grupo Correa y adjudicaciones de obras a las empresas seleccionadas por Correa a cambio del pago de una comisión con la que iba realizando pagos a los cargos públicos responsables dentro del Ayuntamiento y de la EMSV de Boadilla del Monte de la contratación al máximo nivel de los que, una parte se destinaba al pago de facturas para actos, eventos y gastos del Partido Popular, como se describe en los hechos probados.

 

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