ALCALÁ DE HENARES | Tribuna abierta de Izquierda Unida en Alcalá

Suspenso en diversidad funcional, reducción de emisiones, aparcamientos y transporte público

Suspenso en diversidad funcional, reducción de emisiones, aparcamientos y transporte público

Tribuna abierta de IU Alcalá

Izquierda Unida Alcalá de Henares hacemos una primera valoración del borrador de Ordenanza de Movilidad Sostenible, al cual cabe presentar sugerencias al texto hasta el 10 de junio.

 

En materia de accesibilidad para personas con movilidad reducida y diversidad funcional, una de las asignaturas pendientes en Alcalá de Henares, en las 91 páginas del texto el Ayuntamiento simplemente, en el Art.13, muestra su voluntad de ir progresivamente cumpliendo la normativa, sin marcarse plazo alguno, cuando no se están adaptando rebajes de bordillos ni señalizaciones más allá de la obra nueva.

 

Incluso, en el Art.51, se permite en las “Medidas que podría adoptar el Ayuntamiento” darse la opción de eliminar obstáculos de las paradas de autobús para sacar la rampa para sillas de ruedas, cuando esto no es opcional, es una obligación legal.

 

A principio de legislatura se han aprobado diferentes mociones en el Pleno del Ayuntamiento para la adaptación de calles y edificios públicos para cumplir la normativa de accesibilidad a la diversidad funcional. Ni en los presupuestos ni en los hechos se ha cumplido la normativa vigente.

 

No menciona el texto la necesidad de hacer accesible la estación de Cercanías de Alcalá Universidad, ni de hacer lo propio con los andenes 3 y 5 de la estación de Cercanías de Alcalá de Henares. Tampoco dice nada de la necesidad de que la Estación de Alcalá de Henares cuente con acceso peatonal al norte de la vía.

 

Parece como que hubieran tomado un texto tipo de otra población y le hubieran cambiado el título, pues no se tiene en cuenta las necesidades específicas de nuestra ciudad. No se dice nada de generar más pasos para cruzar las vías ni mejorar los existentes. No menciona la necesidad de construir una estación de autobuses.

 

En lo que va de legislatura no se ha construido ni una sola plaza de aparcamiento. No se aborda este asunto en el texto. Lo que está haciendo el Ayuntamiento es prometer “aparcamientos provisionales”, es decir, cubrir de gravilla zonas verdes en estado de abandono para aparcar coches allí. Esta no es la manera de abordar el problema de aparcamiento y la movilidad de una forma seria.



No menciona el texto la necesidad de hacer accesible la estación de Cercanías de Alcalá Universidad

Por otro lado, en el Art.42, el texto contempla la posibilidad de crear aparcamientos solo para coches eléctricos. No hablamos de puntos de recarga, sino de aparcamientos. No estamos de acuerdo. La mayoría de la gente no tiene coche eléctrico porque, sencillamente, no se puede permitir pagar su elevado precio. Lo que hay que hacer es facilitar que los coches eléctricos sean económicamente accesibles a toda la población, lo cual va más allá de las competencias municipales, pero no discriminar a los propietarios de coches no eléctricos.

 

Dice el texto, Art.75, que el Ayuntamiento tendrá la posibilidad de cobrar peajes o tasas por circular con determinados vehículos por las Zonas de Bajas Emisiones. No nos parece adecuado que nadie tenga la opción de pagar un precio para poder contaminar, ni que la capacidad económica determine quién contamina y quién no. Entendemos que todas las medidas tienen que ir encaminadas a la regulación y la restricción para todos los vecinos por igual, sin que exista la posibilidad de pagar a cambio de contaminar, ni que se establezcan normativas con más afán recaudatorio que de reducir las emisiones de gases contaminantes.

 

Finalmente, en sus Art. 29, 32, 34, 36, 38 y 79 esta normativa ataca tristemente a las bicicletas y a las autocaravanas. En los últimos 7 años no se ha creado ni un metro de carril bici, mientras sí ha sido desmantelado en la avenida de Daganzo, la avenida de Lope de Figueroa… y el texto determina que las bicicletas solo pueden circular por la calzada. El texto permite que, adecuando la velocidad, puedan circular junto a los peatones patines, patinetes y monopatines, pero no bicicletas.

 

En otros municipios sí se permite el tránsito de bicicletas adecuando su velocidad a la de los peatones, a menores de 12 años, en parques amplios… pero en esta ordenanza no.

 

Dice el texto que las bicicletas deberán circular por los carriles 30 pero “sin ningún tipo de prioridad”. Es normal que en estos carriles y en otros se determine una zona de prioridad para situarse en la cabecera para salir de los semáforos destinada a motocicletas, bicicletas y VMP, pero aquí no. Además, este plan adolece de campañas de información para que los conductores de coches y bicicletas conozcan el uso adecuado de los carriles 30: la bicicleta ha de circular por el centro del carril y para ser adelantada el coche debe cambiar de carril.

 

Sobre los aparcamientos de bicicletas y VMP (patinetes eléctricos y bicicletas eléctricas en alquiler), es curioso como el texto aplica la ley del embudo, facilitando el abuso de las empresas de VMP y restringiendo a las bicicletas de particulares. Se permite que los VMP sean estacionados en la calle si no hay un aparcamiento específico a menos de 50 metros, generando los consabidos problemas para los vecinos y vecinas. Pero si tienes una bicicleta particular y quieres aparcarla donde no haya aparcamientos de bicicletas, que no los hay, no puedes amarrarla a un banco, ni a una farola, ni a nada.

 

Ante la falta de aparcamientos para bicicletas, que llevamos años reclamando, así como aparcamientos seguros para las estaciones de tren y centros educativos, el ciclista no puede soltar su bicicleta ni un segundo, reduciendo el uso de la bicicleta particular para uso deportivo y eliminándolo de facto para el uso como medio de transporte alternativo. No menciona el texto la posibilidad de fomentar que pueda ir una bicicleta por autobús. Tampoco habla el texto de la necesidad de resolver el acceso peatonal y en bicicleta al Parque de los Cerros por el Puente del Zulema. En el Art.79 el texto prohíbe el aparcamiento de autocaravanas en la vía pública, salvo en lugares específicos.

 

No entendemos que se prohíba a las autocaravanas aparcar como otro vehículo, cuando la DGT simplemente condiciona su aparcamiento a que no obstaculice ni perturbe el tráfico. El turismo de autocaravana es un motor económico importante allá donde se le trata con respeto y no se les pone dificultades. La valoración preliminar que nos merece la ordenanza es de suspenso en diversidad funcional, reducción de emisiones, aparcamientos y transporte público, enemiga de la bicicleta y autocaravanas.

 

Comentarios
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Ninja SoyDe
31/05 04:40 horas
De acuerdo con todo lo leído en este artículo
Podría entender que se prohibiese atar bicicletas a farolas, árboles o bancos donde existiera a menos de 50 metros un “aparcabicis” disponible, pero no en caso contrario.
Por ejemplo, en la comisaría de Policía de Alcalá de Henares no hay aparcabicis.
Yo ya sé que allí tengo que llevar el coche si no me quiero ver en el problema de no tener dónde amarrar la bici.
Si no tienen capacidad/voluntad de instalar suficientes aparcabicis, no lo “resuelvan” prohibiendo atarlas donde podamos. Así “gobierna” cualquiera, ¡¿n.t.j.?!

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