El calendario detalla las fechas de cobro de las modalidades previstas en el Sistema Especial de Pagos Personalizado

Imagen: AYTO Las Rozas

Las Rozas ya cuenta con su calendario de pago de tributos

El Ayuntamiento de Las Rozas ha aprobado el calendario fiscal para este año, en el que se recogen los periodos de pago voluntario para los principales tributos. Así, el periodo de pago voluntario del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) comenzará el próximo 1 de abril y se extenderá hasta el 2 de junio (ambos inclusive).

 

La tasa por prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local se podrá pagar desde el 30 de mayo al 31 de julio, mientras que el periodo para pagar de forma voluntaria el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en sus tres modalidades – Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica e Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales- comenzará el día 1 de septiembre y finalizará el 1 de diciembre, ambos incluidos.  

 

En cuanto al Impuesto de Actividades Económicas, se ha fijado un periodo de pago voluntario que abarca desde el 1 de octubre hasta el 1 de diciembre, ambos inclusive. Estas mismas fechas son las que se han previsto para el pago de la tasa por utilización privativa y/o aprovechamiento especial de Huertos Urbanos Municipales y por la prestación de los servicios de distribución del alcantarillado y saneamiento.

 

Sistema Especial de Pagos Personalizado (SEPP)

El Ayuntamiento de Las Rozas ha puesto a disposición de los vecinos un Sistema Especial de Pagos Personalizado que ofrece la posibilidad de realizar los pagos en 2, 5 o 9 plazos, y que implica el cobro fraccionado de deudas de vencimiento periódico mediante domiciliación bancaria, con una bonificación del 5%. Las solicitudes deberán realizarse antes del 30 de septiembre del ejercicio anterior en el que se pretende su aplicación.

 

El calendario fiscal aprobado para 2025 fija también las fechas de vencimiento de las tres modalidades ofertadas por el SEPP. Así, para los solicitantes que eligieron el pago en dos plazos, el primero se pasará al cobro el 28 de febrero y el segundo, el 31 de octubre; para los vecinos que solicitaron el pago en 5 plazos, las fechas serán el 28 de febrero, 30 de abril, 30 de junio, 1 de septiembre y 31 de octubre. Finalmente, para el SEPP en su modalidad de pago en 9 plazos, se han fijado como fechas de vencimiento el 28 de febrero, 31 de marzo, 30 de abril, 2 de junio, 30 de junio, 31 de julio, 1 de septiembre, 30 de septiembre y 31 de octubre.

 

Aquellas personas que quieran solicitar el fraccionamiento de sus pagos, domiciliar sus tributos, realizar diferentes consultas o autoliquidar tributos y tasas municipales pueden realizarlo accediendo a través de carpeta tributaria. 

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