Victoria para Shakira en los tribunales. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha estimado íntegramente el recurso presentado por la artista colombiana, anulando de golpe la millonaria reclamación y las sanciones que la Agencia Tributaria le impuso por los impuestos de IRPF y Patrimonio del ejercicio 2011. La decisión judicial no solo limpia el nombre de la cantante en este periodo, sino que obliga al fisco a devolverle los más de 55 millones de euros abonados o avalados, sumando además los intereses legales y las costas del proceso.
La clave del fallo judicial radica en la propia legalidad vigente en España. Según el artículo 9.1 de la Ley del IRPF, para que un ciudadano sea considerado residente fiscal en el país (y por tanto deba tributar por toda su fortuna mundial), debe permanecer en el país más de 183 días durante el año natural.
La Audiencia Nacional ha concluido de forma tajante que la Administración no logró demostrar que Shakira cumpliera ese requisito. Al contrario, la defensa de la artista acreditó que en 2011 —año en el que se encontraba en mitad de su gira mundial Sale el Sol— solo pasó 163 días en territorio español. La Sala ha rechazado el argumento de Hacienda de que el resto del tiempo fuera una "ausencia esporádica", advirtiendo que aceptar esa lógica vaciaría de sentido el concepto legal de residencia.
Otro de los pilares de la inspección de Hacienda era el inicio de su relación sentimental con el exfutbolista Gerard Piqué, que el fisco utilizó como argumento para fijar en España su "centro de intereses vitales y familiares".
Sin embargo, los magistrados han dado un severo 'tirón de orejas' a la Agencia Tributaria al dictaminar que en 2011 la pareja no estaba casada ni tenía hijos en común, por lo que el noviazgo por sí solo no demostraba un arraigo suficiente en el país. Asimismo, el tribunal determinó que es irrelevante que Shakira tuviera su residencia en Bahamas (considerado paraíso fiscal en aquel momento), ya que lo único que correspondía probar a la Administración era su presencia física en España, algo que no consiguió.
La sentencia, que demuestra que en 2011 no hubo fraude alguno, cierra este capítulo para la artista, aunque la batalla podría no haber terminado de forma definitiva: la Agencia Tributaria aún tiene la opción de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.