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Educación permite modificar los criterios de evaluación para este curso
Los centros educativos podrán decidir con cuantos suspensos se pasará de curso
Madrid |

El Ministerio de Educación ha vuelto a retirar el límite de suspensos para poder pasar de curso en el contexto de la pandemia por la covid-19. Los centros educativos podrán así modificar los criterios de evaluación de los alumnos.

Según la orden publicada en el BOE (Boletín Oficial del Estado), se autoriza a los centros “la modificación de los criterios de evaluación y promoción para todos los cursos de educación primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, así como los criterios para obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, el título de Bachiller, y las titulaciones correspondientes a la formación profesional”.

Los centros otorgarán la titulación de ESO y Bachillerato de forma colegiada

En el caso de Educación Primaria, Secundaria y Bachillerato, los criterios de evaluación indicados por el Ministerio serían los “previstos para cada curso” “con el fin de valorar especialmente los aprendizajes más relevantes e imprescindibles para la continuidad del proceso educativo y la capacidad del alumnado para aprender por sí mismo y para trabajar en equipo, y en el caso del bachillerato, para aplicar los métodos de investigación apropiados”.

Para la promoción, la Administración permite a los centros “de manera excepcional”, modificar los “criterios de promoción en todos los cursos de Educación Primaria, y de Educación Secundaria Obligatoria, así como en la correspondiente promoción de primero a segundo de Bachillerato. La repetición se considerará una medida de carácter excepcional que se adoptará, en todo caso, de manera colegiada por el equipo docente en función de la evolución académica del estudiante, globalmente considerada, sin que pueda ser la causa únicamente las posibles materias que pudieran quedar sin superar en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato”.

En este sentido, los centros otorgarán la titulación de ESO y Bachillerato “de forma colegiada” basándose en la “adquisición de los objetivos generales establecidos para la etapa y el desarrollo de las competencias” en el caso de ESO. Mientras que para Bachillerato se tomará esta medida con la “evolución del alumno o alumna en el conjunto de las materias, y su madurez académica en relación con los objetivos del Bachillerato y las competencias correspondientes”.

Así pues, “La decisión de titulación se adoptará garantizando la adquisición de los objetivos generales de la etapa de manera que permitan al alumno o alumna continuar su itinerario académico y, en consecuencia, no quedará supeditada a la no existencia de materias sin superar para el acceso a ambas titulaciones. En todo caso para la obtención del título de Bachiller será necesaria una calificación media igual o superior a la requerida para la superación de cada materia”.