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Entra en vigor la Ley de Sacrificio Cero
La nueva normativa prohibe la exhibición de animales en escaparates y practicar la eutanasia a los animales abandonados, entre otras cuestiones
Fuenlabrada |

El pasado 10 de febrero entró en vigor en nuestra Comunidad la Ley de Sacrificio Cero, una normativa que reconoce a los animales como seres sintientes y prohíbe cualquier tipo de exhibición en escaparates. La ley también prohíbe a los centros de acogida practicar la eutanasia a los animales abandonados y hace que se endurezcan las sanciones por maltrato y abandono, pudiendo llegar a 45.000 euros de multa más la inhabilitación de la persona infractora para la tenencia de mascotas en un plazo de hasta 15 años.

Cifras y medidas

Según la Consejería de Medio Ambiente, en la Comunidad de Madrid, se estima que se abandonan unos 6.000 animales al año (entre perros y gatos). Sin embargo, este dato difiere de los registros de la Federación de Asociaciones Protectoras y de Defensa Animal de la Comunidad de Madrid (Fapam), ya que afirma que son “más de 10.000”.

De esta manera, con la entrada en vigor de esta nueva Ley, los propietarios tienen la obligación de evitar la cría incontrolada de animales, de esterilizar a los perros y gatos que tengan acceso no controlado al exterior de la vivienda y de realizarles reconocimientos veterinarios con frecuencia. Además, en caso de que se produzca un cambio de titularidad, extravío o muerte, se deberá comunicar dicha información al Registro de Identificación de Animales de Compañía en un plazo de 72 horas.

Los animales solo podrán venderse a través de anuncios en catálogos, salvo que los centros de animales dispongan de un espacio que reúna las condiciones adecuadas

Respecto a la venta de perros y gatos en los diferentes establecimientos de animales, la Ley de Sacrificio Cero solo permitirá que se realice a través de catálogos o cualquier otro medio similar, que incluyan anuncios con el número de registro del criadero o centro de venta. Solo hay una excepción acerca de este punto, y es que los centros de venta reúnan unas condiciones de salubridad y espacio adecuadas; los peces, reptiles, roedores, conejos, hurones y pájaros de jaula criados en cautividad sí podrán venderse (siempre que se cumplan las condiciones de espacio reglamentarias).

La Ley evitará el abandono animal y su exposición en muchos centros

Otros aspectos e inversión

Otro aspecto de esta nueva Ley es la prohibición de mantener en un mismo domicilio a más de 5 animales de la misma especie sin tener la autorización de los respectivos Ayuntamientos. También erradica y sanciona el uso de collares que resulten dañinos para los animales, endureciendo a su vez las multas por ensuciar la vía pública: la penalización oscilará entre los 300 y los 3000 euros.

También, la normativa obliga a atender a cualquier animal que haya sido accidentado, herido o se halle en una situación de peligro; inmovilizar a los animales adecuadamente para su transporte, de acuerdo a la legislación vigente, es otro de los aspectos que contempla esta reciente norma en la que la Comunidad de Madrid ha invertido un millón de euros.