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El IMVF asesora a las familias sobre las ayudas de hipotecas, alquileres y suministros básicos
El servicio servirá para facilitar el acceso a la ciudadanía al programa de ayudas del Gobierno
Fuenlabrada |

El Instituto Municipal de la Vivienda de Fuenlabrada (IMVF) ha puesto en funcionamiento un servicio de información y asesoramiento para facilitar el acceso a la ciudadanía al programa de ayudas aprobadas por el Gobierno en materia hipotecaria, alquileres y suministros básicos.

Las personas que necesiten asesoramiento o información sobre estas ayudas deberán contactar con el Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada "para informarse de los requisitos necesarios para acogerse a las ayudas y la forma de solicitarlas", explica el consistorio.

Las consultas se deben remitir a info.imv@ayto-fuenlabrada.es o contactar en el teléfono 91 649 70 00 (extensiones 5301 y 5303), de lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas.

Las personas que necesiten asesoramiento o información sobre las ayudas pueden consultar al IMFV

Requisitos de acceso a las ayudas

El Real Decreto-ley 11/2020 regula las condiciones para acogerse a la moratoria de hipotecas y alquileres. Además, las compañías suministradoras, como el Canal de Isabel II o Iberdrola, han arbitrado líneas de apoyo para bonificar o fraccionar los pagos. El objetivo es mejorar la situación de las familias a las que la situación que atravesamos les esté afectando especialmente.

Desde el Ayuntamiento de Fuenlabrada, recuerdan que para poderse acoger a estas ayudas, las familias deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar en situación de desempleo, ERTE, reducción de jornada, o sufrir una pérdida sustancial de sus ingresos como consecuencia de la emergencia sanitaria por el COVID-19.

  • Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere 3 veces el IPREM (1.613,52 €/mes). Para familias con hijos, mayores de 65 años a cargo y discapacitados, la cuantía es superior.

  • Que la cuota hipotecaria o de alquiler, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.