Se ha considerado que opuso una resistencia leve ante los agentes

Audiencia provincial de Madrid.

Imagen: Twitter

Absuelto el activista acusado de delito contra la autoridad el pasado mes de agosto

En una auto, fechado el pasado 16 de diciembre y contra el que no cabe recurso, los magistrados estiman el recurso de apelación interpuesto contra la decisión del juzgado de instrucción por Luis Gimeno Lopesino, de 62 años y miembro de la Asamblea de Leganés por la República, que fue detenido cerca de la Plaza de Ópera.

 

La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado el sobreseimiento de la causa contra este activista que fue detenido el pasado mes de agosto en una manifestación contra la monarquía y al que se le acusaba del delito de atentado contra la autoridad, al considerar que solo se resistió levemente a los agentes.

 

La Sala estima el recurso contra el auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 8 de Madrid el pasado 29 de junio, que acordó continuar con la tramitación del procedimiento contra Gimeno al considerar que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de atentado, y revoca tanto ese auto como el dictado en octubre que confirmaba el anterior.

 

Los magistrados afirman que, viendo las grabaciones de la secuencia del arresto, no se aprecia que el "recurrente atacara o se resistiera de forma activa a la intervención policial". Consideran que, "independientemente de lo que dijera, que se desconoce porque no se escucha en la grabación", no se observa que este hombre "persistiera en su actitud o llegara a golpear al agente de otro modo".

No se han acreditado indiciariamente unos hechos de tal gravedad como para calificarse de un delito de atentado.

Por todo ello, concluyen que no se dan "indicios suficientes para considerar que los hechos podrían calificarse de un delito de atentado ni siquiera de resistencia activa" y decretan el sobreseimiento provisional.

 

No acuerdan los magistrados el sobreseimiento libre "porque la grabación pone de manifiesto el enfrentamiento con los agentes en el curso de la manifestación, pero no se han acreditado indiciariamente unos hechos de tal gravedad como para calificarse de un delito de atentado, pues solo se observa una pequeña resistencia ante el hecho de la detención".

 

Tras conocer la determinación judicial, la Asamblea de Leganés por la República ha defendido que "nunca debieron de haberse abierto diligencias judiciales" por esos hechos y se ha felicitado por el fallo judicial.

 


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