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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid admite el recurso del alcalde
También anula la sanción que le impuso la Junta electoral de zona de Navalcarnero
Villaviciosa de Odón |

El Tribunal Supremo de Justicia de Madrid emitió ayer el fallo que admite el recurso presentado por el alcalde de Villaviciosa de Odón, José Jover, contra el acuerdo de la junta electoral de Zona de Navalcarnero que el 1 de junio de 2015 le impuso la sanción de multa de 500 euros. Además de anular la actividad administrativa impugnada “por ser disconforme a derecho”, el Tribunal impuso las costas a la administración demandada. La junta actuó una vez recibidas sendas denuncias de PSOE e IU.

La Junta interpretó que el regidor había infringido el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) al enviar una carta a los vecinos, en periodo electoral, “exponiendo los logros obtenidos durante su mandato”.

La Junta interpretó que el regidor había infringido el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General

Por su parte, el regidor en su recurso explicaba que el contenido de esa carta, donde se daba a conocer el informe favorable de impacto territorial emitido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid relativo al Avance del Plan General de Ordenación Urbana, era “meramente informativo y no resalta ningún logro obtenido por el Equipo de gobierno. El objetivo era poner de manifiesto en qué momento de tramitación se encontraba el expediente y que se estaba actuando en aras de los principios de transparencia e información, derechos legalmente reconocidos”.