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Luz verde a la transformación de las discotecas en restaurantes
La Comunidad de Madrid permitirá que los locales de ocio presten servicios de hostelería y restauración
Madrid |

La Comunidad de Madrid permitirá que discotecas, salas de baile, salas de fiestas, restaurantes-espectáculo, café-espectáculo y bares especiales puedan prestar servicios de hostelería y restauración siempre que la licencia de funcionamiento lo prevea como actividad complementaria. Esta medida entra en vigor hoy, tras la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) de la Orden de la Consejería de Sanidad que permite asimilar este tipo de establecimientos a bares, cafeterías y restaurantes para tal finalidad.

La Orden de la autoridad sanitaria mantiene la posibilidad de que estos establecimientos puedan instalar terrazas, en horario de apertura que no podrá ser anterior a las 8.00 horas de la mañana

Salvar a los promotores del ocio nocturno

El objetivo de esta medida es ofrecer al sector del ocio nocturno una alternativa que posibilite a este tipo de locales abrir sus puertas mientras se mantenga en vigor la suspensión de su actividad adoptada por la Consejería de Sanidad en ejecución de la Orden Comunicada del Ministro de Sanidad de 14 de agosto, a raíz de la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por Covid-19 en la región.

De esta manera, la Comunidad de Madrid pone a disposición de los empresarios del ocio nocturno “una herramienta para reducir el severo impacto que, en términos de negocio y empleo, puede suponer esta suspensión de su actividad habitual”.

La Orden de la autoridad sanitaria mantiene la posibilidad de que estos establecimientos puedan instalar terrazas, en horario de apertura que no podrá ser anterior a las 8:00 horas de la mañana. El cierre será a la misma hora que el resto de los locales de hostelería y restauración.