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¡Hasta 6.000 euros para renovar tu vehículo!
El Ayuntamiento lanza esta línea de ayudas disponibles para presentar solicitud desde el próximo 13 de mayo a las 10.00 horas
Madrid |

El pasado 21 de abril la Junta de Gobierno aprobó las ayudas para la renovación de vehículos particulares. El presupuesto de esta línea de subvenciones asciende a los 10,5 millones de euros y podrán solicitarse a partir del próximo 13 de mayo a las 10.00 horas. Así, en soy de Madrid te explicamos las claves para que cambiar te sea más fácil.

Se subvencionará la adquisición directa de vehículos tipo: TURISMO (M1) NUEVOS para USO PARTICULAR matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario de la ayuda y, en su caso, el achatarramiento de vehículos, por parte de personas FISICAS residentes en la ciudad. Las cuantías y tipos son los siguientes:

Los concesionarios y puntos de venta que deseen adherirse al Programa Cambia 360, deberán registrarse a tal efecto. Para ello deberán acceder al enlace "pulsa aquí para darte de alta como concesionario/punto de venta adherido" de la web www.cambia360vehiculosparticulares.es cumplimentado el Formulario adhesión concesionario/punto de venta.

Una vez cumplimentado, deberá imprimirse, ser firmado digitalmente por el representante de la empresa y remitirse al correo 360vehiculosparticulares@aecim.org.

Hasta 6.000 euros en los <<cero>>, 3.000 € en los <<ECO>> y, finalmente, 2.500 en M1 con <<C>> + achatarramiento <<A>>  

Condiciones de beneficiarios:

-Ser persona física, tener mayoría de edad y residencia en el municipio de Madrid en el momento de publicación de la convocatoria.

-Realizar la actividad subvencionable en los términos y en el período que se especifican en la presente convocatoria.

-Abonar el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica en el municipio de Madrid, o haber obtenido la exención de pago, una vez sean adquiridos los vehículos.+

-Presentar la solicitud de ayuda conforme a lo especificado en la presente convocatoria, aportando la documentación requerida.

Documentación a adjuntar:

-Poder de representación del firmante

-Copia acreditativa del Número de Registro Industrial identificativo del establecimiento o certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Una vez recibidos por la Entidad Colaboradora (AECIM) el formulario y los documentos señalados anteriormente, aquella procederá a su validación, remitirá al concesionario/punto de venta a la dirección de correo electrónico indicada en la solicitud, las claves de usuario y contraseña y le dará de alta en la aplicación informática, para que pueda empezar a operar y tramitar las solicitudes de ayuda en nombre de los solicitantes.

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