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El ICOMEM alerta sobre las pruebas rápidas para la detección de anticuerpos en sangre capilar
Para el organismo, los test no son indicados para diagnosticar la infección aguda por SARS-CoV-2
Madrid |

El Colegio Oficial de Médicos de Madrid ha comenzado su semana advirtiendo sobre las pruebas rápidas para la detección de anticuerpos en sangre capilar. Así, la asociación ha anunciado que este tipo de pruebas no están indicadas para diagnosticar la infección aguda por SARS-CoV-2 (COVID-19) y, por lo tanto, no deben ser utilizadas con este fin ni en personas con síntomas ni en individuos asintomáticos. Además, el rendimiento de estas pruebas serológicas rápidas (inmunocromatográficas) para detectar personas que han desarrollado una respuesta inmune tras un contacto con el SARS-CoV-2, es menor que las técnicas serológicas de alto rendimiento (ELISA, CLIA) realizadas en sangre obtenida por venopunción.

Resultados no válidos

La actual Estrategia de Detección Precoz, Vigilancia y Control de COVID-19 del Ministerio de Sanidad y de la Comunidad de Madrid no incluye estas pruebas serológicas como prueba válida para el diagnóstico de infección activa, indicando que las autoridades de Salud Pública no valorarán ni tendrán en cuenta ningún resultado obtenido mediante estas pruebas.

El 15 de diciembre de 2020, ante su comercialización, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, adoptó por unanimidad un posicionamiento común de recomendar a los/las profesionales de los servicios de salud la no prescripción estas pruebas de autodiagnóstico de infección por SARS-CoV-2 (COVID-19).

Es previsible un incremento de la demanda asistencial, principalmente en Atención Primaria, que se encuentra ya muy saturada, como consecuencia de la solicitud de prescripción de estas pruebas a los facultativos, por los pacientes y por la necesidad de resolverles las dudas generadas por los resultados.

La relación médico paciente sigue siendo la piedra angular del acto médico. Esta relación puede entrar en conflicto ante la demanda de prescripción de dichas pruebas por parte del paciente y el criterio profesional del facultativo contrario a su prescripción.

Por lo dicho anteriormente, las Autoridades sanitarias del Ministerio de Sanidad deben sopesar los inconvenientes que supone el disponer de estas pruebas de detección rápida de anticuerpos para autodiagnóstico y, en su caso, de la necesidad de su prescripción médica.