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¿Cuánto paga Las Rozas por la Tasa de Basuras?
El Ayuntamiento ha puesto en marcha bonificaciones para paliar el impacto
Las Rozas |

El Ayuntamiento de Las Rozas ha aprobado congelar la Tasa de Basuras de cara al próximo año, por lo que se seguirá pagando lo mismo, pero ¿cuánto se paga?, y ¿cómo se calcula este recibo en el municipio? La cuota tributaria de esta tasa consistirá en la suma de una cuota fija y dos cuotas variables correspondientes a los metros cuadrados. De esta manera, una casa de uso residencial y de unos 100 metros cuadrados tendrá una Tasa de Basuras de 65 €.

De esta manera, la cuota fija tendrá un valor diferente dependiendo del uso al que esté destinado el inmueble. Por su parte, el sumatorio de dos cuotas variables va en función del tip del inmueble y de la superficie construida, de conformidad con la información obtenida del Castro Inmobiliario.

Cabe destacar que en el caso de que un bien inmueble tenga asignados distintos tipos de uso afectados del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, para el cálculo de la cuota tributaria se considerará el tipo de uso principal, entendiendo por tal el que tenga atribuida una mayor superficie. En el caso de la cuota tributaria aplicable a la prestación del servicio de suministro de contenedor individual de residuos de fracción resto con capacidad de 120 litros se establece en 65,00 € por unidad.

Siguiendo el ejemplo establecido al principio de la noticia, una casa de 100 metros cuadrados pagará una tasa de 65 euros. Un cálculo que viene de una cuota fija de 25 € (por uso residencial) y la suma de las dos variables (0,25 +0,15 = 0,40) multiplicado por los metros cuadrados (0,40 x 100=40 €), entonces se sumaría 25 + 40= 65 euros.

De esta manera, el Ayuntamiento de Las Rozas también ha puesto en marcha una serie de bonificaciones para paliar el pago de los recibos en los vecinos. Así, reconocen una reducción del 10% para aquellos locales y establecimientos donde se ejerzan o pueden ejercerse actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas o de servicios que estén adheridos al programa municipal de recogida selectiva de papel-cartón “puerta a puerta”.

Aquellos sujetos pasivos a los que en la Licencia de funcionamiento de la actividad se recoja la obligatoriedad de realizar la gestión privada de los residuos generados, y puedan acreditar que han contratado un gestor para dichos residuos; podrán estar exentos de dicha tasa.