MENÚ

FACUA advierte a los consumidreos sobre las tintorerías
Se debe pedir documento de depósito y carta de recomendaciones
Humanes de Madrid |

La asociación FACUA Madrid explica a los consumidores cómo han de proceder en los servicios de tintorería para hacer valer sus derechos frente a la empresa a través del siguiente comunicado.

Documento de depósito y carta de recomendaciones

La asociación recomienda a los consumidores que soliciten en el establecimiento el documento de depósito, donde aparezca especificado el estado de la prenda en el momento que fue entregada. Asimismo, el comercio está obligado a facilitar, de forma gratuita y a instancias de usuario, la denominada Carta de Recomendaciones.
El usuario tiene derecho a conocer la Carta de Recomendaciones de la tintorería, en donde debe de aparecer de forma resumida los principales derechos del consumidor acerca de los servicios ofertados en dicho establecimiento.
Deteriodos y perjuicios
En el caso que le deterioran una prenda, el comercio debe hacerse cargo del coste, el cual puede ser el valor fijado en el resguardo, su coste en el mercado o, si ello fuera posible, el coste de su reparación.
Del mismo modo, la empresa es responsable de los perjuicios que ella misma cause a consecuencia de su actuación. Por ello, y en caso de que la tintorería pierda la prenda que previamente se ha entregado, ésta deberá abonar una indemnización por el coste, el cual puede ser el valor fijado en el resguardo o, en caso de no haberse especificado en el mismo nada al respecto, por su coste en el mercado.

La asociación recomienda a los consumidores que soliciten en el establecimiento el documento de depósito

El consumidor tiene derecho a conocer el precio antes de entregar la prenda puesto que además debe aparecer de forma visible en el propio establecimiento. En el caso que hubiese ausencia de ello debe ser facturado por la tarifa más sencilla.
Es conveniente no retirar la prenda del establecimiento si ésta a la hora de la entrega estuviese deteriorada, además de conservar siempre el justificante o el documento de depósito para la reclamación.
En caso de pérdida, la empresa es responsable de los perjuicios que ella misma cause a consecuencia de su actuación. Por ello, ésta deberá abonar una indemnización por el coste, el cual puede ser el valor fijado en el resguardo o, en caso de no haberse especificado en el mismo nada al respecto, por su coste en el mercado.