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El Ayuntamiento de Cubas presentará alegaciones al proyecto de la planta de Biogás
El alcalde deja claro que es totalmente falso que se vaya a construir una incineradora como se ha publicado
Cubas de la Sagra |

Tras el revuelo producido entre vecinos de Cubas de la Sagra y de Torrejón de la Calzada ante la posibilidad de que se construya entre ambas localidades una planta de biogás, el Ayuntamiento de Cubas de la Sagra ha publicado un comunicado oficial en el que aclara algunas de las dudas surgidas debido, en parte, a la publicación en prensa de una noticia que señala cuestiones que no se corresponden con la realidad.

Como hemos contado en SoydeMadrid, las fuentes consultadas por este medio indican que esta Planta de Biogás está muy alejada de la idea de vertedero que podría alguien imaginarse. De hecho, el consistorio cubero afirma con rotundidad en su comunicado que en ningún caso maneja la construcción de una incineradora, esto es "totalmente falso" y que este proyecto, que no está tampoco aprobado, nada tiene que ver con ello.

En su comunicado, añade que "el alcalde no ha promovido ningún tipo de iniciativa ni instalación, ni le corresponde aprobar o desestimar informes técnicos. La aprobación o desestimación del proyecto debe realizarla la Consejería de la Comunidad de Madrid, en ningún caso el alcalde ni su equipo de Gobierno autoriza o deniega un proyecto en suelo privado que se tramite por los cauces legales establecidos. Además, en el caso que el proyecto finalmente sea aprobado por la Comunidad de Madrid, ni el Ayuntamiento de Cubas ni cualquier otro ayuntamiento podrá paralizar el proyecto porque incurriríamos en una ilegalidad".

El Ayuntamiento cubero "lamenta el malestar causado por una publicación alarmista que trata con poco rigor la veracidad de la información".

CRONOLOGÍA DEL PROYECTO

"Con fecha 10 de mayo de 2023 la empresa ACCIONA S.L. solicitó al Ayuntamiento una consulta urbanística sobre un terreno PRIVADO, no municipal, con el fin de que éste órgano emitiera un informe al respecto de la posible inclusión de la actividad de PLANTA DE TRATAMIENTO DE BIOGAS en dicho terreno.

Tras valorar la consulta y dentro de lo establecido en las normas subsidiarias del municipio por parte de los servicios técnicos, cumpliendo dentro de sus funciones y competencias, se realiza un informe positivo para dicha consulta urbanística, que se traslada al departamento jurídico, y éste informa a su vez favorablemente. Una vez finalizado ese trámite se le hace llegar a la empresa solicitante, que a su vez, realiza los trámites necesarios correspondientes con la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid.

Con fecha 29/2/24 recibimos la información pública de la solicitud de autorización ambiental integrada desde la Comunidad de Madrid:

“De acuerdo con lo establecido en el real decreto legislativo 1/2016 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de prevención y control integrados de la contaminación, se comunica que con fecha 29/02/2024, la directora general de Transición Energética y Economía circular de esta conserjería ha emitido resolución dirigida al boletín oficial de la comunidad de Madrid, por la que se somete a información pública la documentación correspondiente a la solicitud de la autorización ambiental integrada (AAI) en relación con la actividad denominada “Complejo medioambiental de tratamiento de bioresiduos (“Proyecto BIO 2 METHANE”) , cuya actividad consiste en el reciclado de bioresiduos mediante una combinación de digestión anaerobia y compostaje, localizada en el término municipal de Cubas de la Sagra.”

Lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 16 del mencionado Real Decreto, en relación a la publicación del periodo de información pública, que será anunciado en el BOLETIÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra que pondrá a disposición de cualquier interesado la documentación correspondiente a éste expediente de AAI.

Dicho periodo de información pública se inicia el día de la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y la documentación citada deberá quedar expuesta al público durante 30 días hábiles para su consulta al ayuntamiento, siendo retirada al finalizar el mencionado periodo de información pública. Posteriormente deberán ser remitidas a la Dirección General todas las alegaciones que se hayan producido al mismo”.