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¿Sabes moverte en patinete correctamente?
El video informativo creado por Tráfico da a conocer todas las normas que regulan los vehículos de movilidad personal
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Para llegar a los usuarios finales de este medio de desplazamiento se ha contado con la colaboración de los principales proveedores de vehículos compartidos de movilidad personal que se pueden encontrar en las ciudades, junto con la Asociación Española de Economía Digital (Adigital).

El video será difundido por los principales proveedores de VMP compartido, con el objetivo de que el ciudadano que opte por desplazarse en este tipo de vehículo conozca la normativa básica por la que se rige este nuevo medio de desplazamiento urbano y los principales consejos de seguridad.

A la presentación del video han asistido por parte de la DGT, Pere Navarro, director general y Maria José Aparicio, subdirectora de Formación y Educación y por parte de los proveedores de vehículos compartidos de movilidad personal, los responsables de Bird, Antonio Relaño; Lime, Arnau Perez; Superpedestrian, Manuel Ortiz; Bolt, Andrea Vota y Go TO, Luisana Zitzen.

Durante el encuentro, los representantes empresariales han hecho llegar al Director la preocupación que tienen por la seguridad y la apuesta que están haciendo en investigación, desarrollo e innovación, para mejorar los nuevos modelos que van poniendo en circulación y evitar, en la medida que la tecnología se lo permite, los fallos humanos.

Los vehículos de movilidad personal no pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.

Recordando la norma

- Los vehículos de movilidad personal, tal y como establece el 'Reglamento General de Vehículos', son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida.

- La DGT ha elaborado el 'Manual de características de los vehículos de movilidad personal', un documento normativo en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder circular por las vías y la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes.

- No pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.

- Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.

- Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.

- En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine. La DGT está ya trabajando en este desarrollo normativo de forma conjunta con los ayuntamientos y con los actores implicados.