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La Comisión de Salud Pública aprueba eliminar cuarentenas de contactos estrechos con positivos
Siempre que se trate de la variante Ómicron y que estén vacunados
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La Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) ha aprobado modificar el documento 'Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19' en su actualización del 1 de diciembre de 2021.

La modificación ha sido aprobada por mayoría y se refiere al apartado de las cuarentenas de los contactos estrechos de un positivo confirmado por la variante conocida como Ómicron. Desde este momento, los contactos estrechos de estos positivos no deberán guardar cuarentena domiciliaria de 10 días.

Los integrantes de la Comisión de Salud Pública remarcan que, pese a no estar obligados a realizar este aislamiento, durante este período de 10 días después del último contacto con un caso confirmado, deben limitar sus actividades a las esenciales, reduciendo todo lo posible sus interacciones sociales, además de seguir escrupulosamente las medidas de prevención de los contagios de COVID-19, como el uso de mascarillas y realizar una vigilancia estrecha ante la posible aparición de síntomas compatibles.

Pese a no estar obligados a realizar este aislamiento, durante este período de 10 días después del último contacto con un caso confirmado, deben limitar sus actividades a las esenciales, reduciendo todo lo posible sus interacciones sociales, además de seguir escrupulosamente las medidas de prevención de los contagios de COVID-19, como el uso de mascarillas y realizar una vigilancia estrecha ante la posible aparición de síntomas compatibles.

Al mismo tiempo, la Comisión de Salud Pública reconoce el buen ritmo de la vacunación infantil en niños y niñas de 5 a 11 años y anima a todas las familias con menores de estas edades a que pidan cita para que reciban esta protección.

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Asimismo, la Comisión de Salud Pública reitera la importancia de insistir en los mensajes de precaución y cuidado ante el virus, con el uso de la mascarilla en espacios cerrados y en espacios abiertos donde no se pueda mantener la distancia de seguridad estipulada de, al menos 1,5 metros; el lavado de manos, y la ventilación.