El Ayuntamiento de Algete pone en marcha a partir de este octubre el recibo por la Tasa de Basuras tras la aprobación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular. Un pago que para los vecinos del municipio se pagará del 8 de septiembre al 17 de noviembre de 2025, excepto para los que lo tengan domiciliado que será el 20 de octubre. ¿Cuánto van a pagar los vecinos de Algete?
De esta manera, la cuota tributaria será una cantidad anual que es el resultado del sumatorio de una cuota fija y una cuota variable en función del tipo de uso o actividad en función del bien inmueble y de la superficie construida de estos. Así, la cuota fija sería la siguiente:
Por su parte, la cuota variable relativa a la superficie construida (euros/m2) se calculará, de forma acumulativa, mediante la aplicación de los siguientes bloques o tramos:
Por ejemplo, si un bien inmueble es de 80 metros cuadrados y tiene un uso residencia, pagará una tasa de 74 euros. Un resultado de la suma de la cuota fija de 50 € y la variable que son los 80 metros por los 0,30 €/m2 (80 X 0,30 = 24 €).
En el supuesto de aquellos inmuebles o locales sin actividad (industrial, comercial, oficinas, etc.) y en viviendas deshabitadas, se distingue una tarifa específica en la cual la cuota tributaria se corresponde exclusivamente con la parte o cuota fija.
El Ayuntamiento de Algete también ha puesto en marcha una serie de beneficios fiscales para paliar el impacto del recibo entre los vecinos. Por ello, se aplicará una bonificación del 25% de la cuota tributaria a las empresas de distribución alimentaria y de restauración, mercados, supermercados y tiendas de alimentación que tengan establecidos, con carácter prioritario, en colaboración con entidades de economía social carentes de ánimo de lucro, sistemas de gestión que reduzcan los residuos alimentarios.
Además, habrá una bonificación del 25%, también, para las personas en situación de vulnerabilidad social y económica, que sea beneficiario de una renta mínima de inserción, o beneficiario del ingreso mínimo vital, o que los ingresos de la unidad familiar no superen el importe del salario mínimo interprofesional del año anterior.